Ordena INAI que Bienestar haga pública metodología de censo de programas sociales

Nacional

Necesario controlar la focalización, la administración de los recursos asignados y los resultados

(Redacción DM) El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Bienestar dar a conocer el nombre de la empresa que realizó el Censo del Bienestar del Gobierno Federal, así como la metodología utilizada para obtener la información.

El comisionado Joel Salas Suárez señaló que la información puede ayudar a verificar que el Censo del Bienestar sea un instrumento de gestión pertinente y adecuado para implementar los programas sociales federales prioritarios.

“Los padrones de beneficiarios de programas sociales son un instrumento útil para controlar la focalización, la administración de los recursos asignados y los resultados alcanzados por dichos programas. Un padrón diseñado adecuadamente es, en consecuencia, un instrumento útil a las autoridades para gestionar adecuadamente los programas sociales, así como para rendir cuentas a los beneficiarios y a la ciudadanía en general”, planteó.

El comisionado afirmó que conocer a detalle la manera en la cual fue realizado el Censo del Bienestar podría contribuir a la construcción de un padrón único de beneficiarios de programas sociales federales.

Informó que la Secretaría de Desarrollo Social deberá dar a conocer la estrategia de levantamiento, cuestionario aplicado, metodología para la validación de la información y el arreglo de las variables para la elaboración de la base de datos y glosarios.

Así como el grado de avance del Censo; las entidades, municipios y localidades donde se llevó a cabo el levantamiento y la base o bases de datos conformadas desglosando por entidad, municipio y localidad.

Apuntó que dicha información ya había sido solicitada a la dependencia y ésta manifestó incompetencia para conocer de lo peticionado y orientó a los particulares para dirigir su solicitud de información a la Oficina de la Presidencia de la República.

“Inconformes con las respuestas del sujeto obligado, los particulares interpusieron recursos de revisión ante el INAI”.

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