Aprueba Morena y Aliados Ley de Amnistía en el Senado; No le Entran a Reactivación Económica

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Es un “capricho de Morena”: Oposición

(Redacción DM) Morena y sus aliados, impusieron su mayoría y aprobaron en el Senado la Ley de Amnistía.

A pesar de las molestias y reclamos de la oposición que buscaba que en la agenda se incluyera el tema de la reactivación económica, calificaron esta aprobación como un capricho.

Para Morena y su bloque, PT, PES y Verde, esta aprobación, significa un importante paso para la reivindicación de las injusticias cometidas en el pasado y que esto servirá para evitar contagios de Covid-19 al interior de los reclusorios.

El proyecto de decreto fue aprobado, en lo general y los artículos no reservados, con 68 votos en favor, 14 en contra y dos abstenciones.

La presidenta de la Mesa Directiva, Mónica Fernández Balboa, remitió el documento al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.

El senador Damián Zepeda Vidales, del Grupo Parlamentario del PAN, mostró su rechazo a la propuesta, a la cual calificó como un “capricho de Morena”. Además, lamentó que la sesión no se convocará para aprobar un plan de rescate económico emergente y de apoyo a la salud de los mexicanos.

Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Gobernación, Cristóbal Arias Solís expresó que por razones humanitarias es que se debe aprobar el dictamen, ya que sus efectos, alcances y beneficios tienen un impacto positivo en la impartición de justicia para los grupos más vulnerables.

Indicó que con su aprobación se estaría abonando al descongestionamiento de las cárceles para aminorar el contagio de Covid-19, al interior de las mismas.

En este sentido, señaló que la población no reincidente del fuero federal es de más de mil 830 personas, que representa el 73 por ciento de la población total privada de la libertad de dicho fuero. Habría más de dos mil 600 personas que serían potencialmente beneficiadas, precisó.

La oficina de Comunicación Social del Senado, destacó que el dictamen aprobado parte del reconocimiento de que muchas de las conductas que mantienen privadas de su libertad a aquellos que las cometieron, no generaron un daño grave a un bien jurídico tutelado, no pusieron en peligro insuperable los derechos fundamentales de terceros, ni pone en evidencia la intención del sujeto activo de volver a delinquir.

“Dicho en otras palabras y de manera contundente, la amnistía reconoce que las cárceles del país hay personas que pudieran ser inocentes o podrían haber compurgado su pena en libertad”, se resalta en el texto.

El proyecto decreta amnistía en favor de mujeres procesadas o sentenciadas en tribunales federales por aborto en todas sus modalidades, personas obligadas a participar en delitos contra la salud por sus condiciones de pobreza o por el crimen organizado y ciudadanos que portaban dosis pequeñas de drogas sin fines comerciales.

Asimismo, se beneficiará a indígenas que no recibieron una defensa acorde a su lengua y cultura, a presos por razones políticas y a aquellos que cometieron ilícitos menores sin violencia ni armas.

En cuanto a los delitos contra la salud, la amnistía será procedente cuando la persona que los cometió se encuentre en situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad, tenga discapacidad permanente, o el ilícito lo haya realizado por indicación de su pareja sentimental, pariente consanguíneo, por temor fundado, o haya sido obligado por grupos de la delincuencia organizada.

La ley aplicará para las personas consumidoras que hayan poseído narcóticos en cantidades superiores, hasta en dos tantos, a la dosis máxima de consumo personal, y cuando no haya sido con fines de distribución o venta.

Respecto al robo simple y sin violencia, se implementará el ordenamiento cuando no amerite pena privativa de la libertad de más de cuatro años.

La Ley de Amnistía será procedente en cuanto al delito de sedición, cuando se haya invitado, instigado o incitado a la comisión de este delito formando parte de grupos impulsados por razones políticas, con el propósito de alterar la vida institucional. No aplicará la ley cuando se trate de terrorismo o haya causado privación de la vida, lesiones graves a otra persona o utilizado armas de fuego.

El dictamen deja en claro que no beneficiará a reincidentes, personas acusadas de homicidio, secuestro, lesiones graves, violencia o utilización de armas de fuego, feminicidas, violadores, tratantes, huachicoleros o delincuentes dedicados al robo de casas habitación, entre otros.

Mandata al Ejecutivo federal a integrar una Comisión que coordine los actos para dar cumplimiento a esta ley. La solicitud de amnistía será resuelta por ese organismo en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la presentación de la misma.

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