Aprueba Senado Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia

Legislativo Últimas noticias

Completa el trabajo iniciado por la Cámara de Diputados

(Especial) Este lunes, el Pleno del Senado de la República aprobó, en lo general y en lo particular, con 106 votos en favor, el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia. Fue con la unanimidad de los presentes.

La ley, es reglamentaria de los artículos 108, 109, 110, 111 y 112 de la Constitución Política, en materia de Juicio Político, Declaración de Procedencia y responsabilidad penal del Presidente de la República.

Tiene por objeto regular a los sujetos de responsabilidad política en el servicio público; las causas y sanciones en el juicio político; así como los órganos competentes y el procedimiento para el ejercicio y la declaración de procedencia respecto del enjuiciamiento penal de las personas servidoras públicas y del Presidente de la República.

Esta será aplicable a las y los titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas, las diputadas o los diputados de las Legislaturas locales, las magistradas o los magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia locales, en su caso, las y los miembros de los Consejos de las Judicaturas locales, así como las y los miembros de los organismos a los que las constituciones locales otorguen autonomía,

Además, con esta Ley podrán ser sujetos de juicio político por violaciones graves a la Constitución y a las leyes federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales.

De acuerdo con el documento, cualquier ciudadano podrá formular por escrito una denuncia contra las personas servidoras públicas ante la Cámara de Diputados. La denuncia deberá estar sustentada con datos o indicios suficientes para establecer la existencia de un ilícito y estar en condiciones de presumir la responsabilidad de la persona denunciada.

El nuevo ordenamiento dispone que el juicio político sólo podrá iniciarse durante el tiempo en que la persona servidora pública desempeñe su empleo, cargo o comisión y dentro de un año después de la conclusión de sus funciones.

Menciona que corresponde a la Cámara de Diputados sustanciar el procedimiento relativo al Juicio Político, como órgano de acusación, y a la Cámara de Senadores fungir como Jurado de Sentencia.

Precisa que la sentencia que se dicte, por al menos las dos terceras partes de los integrantes del Senado, tendrá únicamente efectos declarativos y la misma se comunicará a la Legislatura Local respectiva para que, en ejercicio de sus atribuciones, proceda como corresponda de acuerdo con las respectivas normas aplicables.

En cuanto a las servidores públicos del orden local, se aclara en el dictamen, que la declaración de procedencia que dicte la Cámara de Diputados se comunicará a la Legislatura local respectiva para que, en ejercicio de sus atribuciones, proceda como corresponda.

Asimismo, durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadana o ciudadano. Respetando siempre el principio de presunción de inocencia.

El procedimiento podrá ser instaurado previa solicitud presentada por el Ministerio Público. La Cámara Baja actuará como órgano de acusación, mientras que el Senado fungirá como Jurado de Sentencia.

Si la Cámara Alta encuentra probablemente responsable a la persona titular de la Presidencia de la República de los ilícitos que se le acusa, con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes presentes, la sentencia resolverá con base en la legislación penal aplicable.

Al presentar el dictamen en nombre de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, su presidenta, Ana Lilia Rivera Rivera, afirmó que el juicio político tiene un principio como único fin: “separar a servidores públicos de sus funciones como mecanismo de garantía para la sociedad contra actos inmorales de las y los funcionarios en funciones”.

“De frente a la nación, ante la sociedad cansada del abuso del poder y de la impunidad, no importa lo que digamos ni cómo nos justifiquemos; somos lo que hacemos. Al margen de la ley nada y por encima de la ley nadie”.

Mediante la presentación de un voto particular, el senador Germán Martínez Cázares denunció que “gracias a un federalismo feudal y oscuro en materia de rendición de cuentas” algunos gobernadores corruptos no pisan la cárcel. Una declaración de procedencia que emita la Cámara de Diputados es suficiente para separar temporalmente del cargo a cualquier funcionario, subrayó, por lo que la ratificación de las legislaturas locales no es necesaria.

 

-o-

 

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.