Ordena INAI Abrir Expediente de Pasta de Conchos; el Caso de Interés Público

Estados Nacional

El Derecho al acceso a la información contribuye al escrutinio público de temas de trascendencia nacional dice su presidente

(Especial) Ayer miércoles, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) entregar versión pública de la averiguación previa de la explosión en la mina “Pasta de Conchos”, que sucedió el 19 de febrero de 2006, en el estado de Coahuila.

Durante la presentación del asunto al Pleno, el comisionado presidente del INAI, Francisco Javier Acuña Llamas, destacó que el derecho de acceso a la información puede contribuir al escrutinio público de temas relevantes a nivel nacional como la explosión de la mina “Pasta de Conchos”.

“Esta es una de las resoluciones que propongo, que son de esas que son audaces, que van más allá de lo convencional, porque se refieren a situaciones o a casos que son de trascendencia nacional”, acotó Acuña Llamas.

El INAI determinó que se debe conceder el acceso a la información solicitada, pues el caso es de interés público.

Esta es la historia: un particular solicitó copia del expediente completo relacionado con la explosión de la mina “Pasta de Conchos”. La FGR clasificó como reservada la información solicitada, argumentando que revelarla menoscabaría las facultades de reacción e investigación a cargo del Ministerio Público de la Federación.

Inconforme con la respuesta del sujeto obligado, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI.

En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado presidente del INAI, Francisco Javier Acuña Llamas, se advirtió que la difusión de la indagatoria requerida efectivamente representa un riesgo real, demostrable e identificable que podría vulnerar la investigación que se encuentra en trámite.

Sin embargo, debido a la trascendencia social del caso, el INAI determinó efectuar una prueba de interés público para evaluar si el derecho de acceso a la información debía prevalecer sobre el derecho a la secrecía de las averiguaciones previas en trámite.

La ponencia llevó a cabo la prueba de interés público, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP), aplicando los criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

En lo referente a la idoneidad, el Instituto señaló que acceder a los documentos y actuaciones que llevó a cabo el Ministerio Público permitirá a la ciudadanía valorar el desempeño y actuar de los servidores públicos.

De esta forma el derecho de acceso a la información no sólo busca satisfacer un interés individual, sino la necesidad de la colectividad de conocer de las actuaciones del Ministerio Publico de la Federación en la investigación de hechos probablemente constitutivos de delitos.

Sobre la necesidad, se comprobó que el derecho de acceso a la información es la única vía para que cualquier persona acceda a los documentos inmersos en esta averiguación previa.

Y en el caso de la proporcionalidad, el Instituto indicó que su difusión contribuirá a la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que pueda valorarse el desempeño de la FGR, fortaleciendo así el escrutinio ciudadano.

Con base en los argumentos presentados, la ponencia del comisionado presidente del INAI determinó que se debe conceder el acceso a la información solicitada, pues el caso es de interés público.

Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar, por unanimidad, la respuesta de la FGR y le instruyó entregar al particular versión pública de la averiguación previa identificada con el número 20/UEIDCSPCAJ/2007.

 

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